martes, 12 de enero de 2010

Iniciativa ciudadana

Iniciativa ciudadana
MIGUEL ÁNGEL GRANADOS CHAPA a.m.com.mx 8 Enero 2010

De los 10 puntos de que consta el proyecto de reforma política del presidente Felipe Calderón, este es el que más nítidamente muestra no la voluntad de modificar las relaciones entre gobernante y gobernados, sino el hacer creer a estos últimos que se tiene presente su interés, como se insiste a lo largo del discurso del 15 de diciembre.
Incorporar la iniciativa ciudadana a nuestra legislación es inocuo. Proponerla equivale a ofrecer una golosina en vez de nutrientes a quien los necesita, un mero placebo ante el requerimiento de un remedio para la salud de una persona. Que los ciudadanos cuenten con la capacidad de presentar proyectos de ley es irrelevante.
En la legislación actual, esa posibilidad corresponde a los senadores y diputados federales, al Presidente de la República y a las legislaturas locales. En el proyecto calderoniano se agregan a esa lista el Poder Judicial (en el octavo punto del catálogo, al que nos referiremos en su oportunidad) y “los ciudadanos”. Puesto que nos hemos basado en esta revisión sumaria en lo dicho el 15 de diciembre, y no todavía en los documentos enviados a la Cámara de Senadores, desconocemos el grado de detalle a que llega el proyecto presidencial, y es en los pormenores correspondientes donde se puede encontrar alguna sustancia, si la tiene.
Dijo Calderón que al “incorporar la figura de Iniciativa Ciudadana” su propuesta “busca ampliar las libertades y garantías políticas de los ciudadanos” a fin de que “puedan incidir directamente en el proceso legislativo, ya que tendrán la facultad de proponer iniciativas de ley ante el Congreso de la Unión sobre los temas que son de su interés y que no necesariamente se encuentran en la agenda legislativa”.
Como de su denominación se desprende, la iniciativa es el primer paso del proceso legislativo. Contar con ella no garantiza en lo absoluto que el tema de que trate sea abordado en la Cámara en que se presente, y mucho menos que sea aprobado y se convierta en norma vigente cuando el Ejecutivo la promulgue y publique. En cada sesión de las cámaras, en la de Diputados especialmente, se presentan decenas de iniciativas, que sólo engruesan el rezago legislativo. No pocos miembros de ese poder parecen consumar su propósito de pertenecer al Congreso con el sólo hecho de presentar, por escrito meramente, o mejor aún desde la tribuna, un proyecto de ley. Lo hacen a sabiendas de la escasa viabilidad que su iniciativa tiene.
En los años del presidencialismo autoritario, era muy rara la ocasión en que los legisladores federales o las legislaturas estatales presentaran iniciativas, pese a estar dotados constitucionalmente de esa capacidad. Ésta parecía ser exclusiva del Presidente, que es todavía fuente principal de donde emanan proyectos. Que no todos tienen la suerte de ser atendidos por el Congreso se revela en otro punto, el noveno, del decálogo al que he venido refiriéndome esta semana: Calderón propone una regla para que el Poder Legislativo no se haga sordo ante ciertos proyectos suyos y se obligue a estudiarlos y manifestarse sobre ellos, so pena de que la iniciativa se convierta en ley sin intervención del Congreso.
Si el Presidente mismo ha padecido la desatención y el desinterés de las cámaras ante sus iniciativas, es iluso o engañoso pensar que se pueda dar un tratamiento diferente a la iniciativa ciudadana, que si bien existe en otras legislaciones adquiere sentido sólo si está rodeada de características que le den un peso mayor que el del papel en que se escriba (o del disco electromagnético en que se haga constar).
La práctica ha mostrado que el actual mecanismo hace innecesaria la iniciativa ciudadana. En el periodo más reciente de sesiones, el que terminó en diciembre pasado, fue aprobada en el Senado una iniciativa de reforma constitucional (al artículo 17) para dar curso a las “acciones colectivas”, como las que grupos de consumidores o usuarios enderecen contra un proveedor abusivo o fraudulento o contra el prestador de un servicio que no se atiene a los términos de su concesión o de la ley. Organizaciones civiles propugnaron esta reforma y la habían conseguido de modo insatisfactorio en una primera etapa, hasta que el senador Jesús Murillo la hizo suya y la llevó adelante. Cuando la enmienda se consume y entre en vigor, sin perjuicio del papel que jugó el legislador hidalguense podrá considerarse que surgió de una “iniciativa ciudadana” como la que Calderón quiere introducir en nuestro sistema constitucional.
Otro ejemplo que muestra cómo el papel de legisladores y ciudadanos se complementan en los términos constitucionales vigentes (es decir, sin necesidad de una reforma cosmética, de mero adorno, como la que se pretende) es el de la demorada legislación en materia de radio y televisión. Desde el año 2002, con enriquecimientos logrados en los años siguientes, agrupaciones civiles ofrecieron las bases para una reforma legislativa sobre aquel rubro, cuya necesidad se acentuó luego de la aprobación de la “Ley Televisa” y la declaración de inconstitucionalidad de algunos de sus artículos por la Suprema Corte de Justicia. Fue también una suerte de preiniciativa ciudadana hecha suya por legisladores. El que hasta la fecha no haya podido salir avante, muestra exactamente los escollos que tendría que librar la fórmula propuesta por Calderón y acaso su inocuidad.
En vez de esta vana propuesta tendría mayor sentido que Calderón propusiera el referéndum y otras formas de participación ciudadana.

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