jueves, 18 de marzo de 2010

El preso

Samuel
Quilombo 16 de marzo de 2010

El ruido

El preso cubano Orlando Zapata Tamayo inició una huelga de hambre para protestar por sus condiciones de internamiento y las de otros presos y acabó muriendo en el intento, ochenta y cinco días después.

La montaña de artículos y comentarios que ha generado su acción no se explica porque se haya producido una intervención particular del Estado cubano que difiera cualitativamente de lo que hacen Estados como el español. La furia que se ha desatado contra quienes osan cuestionar la selectiva indignación de algunos tampoco guarda proporción alguna con los hechos, ni con las carencias en materia de libertades que existen en Cuba. En realidad, la magnitud de la controversia es proporcional a la promesa que todavía representa la revolución cubana. No se habla de Orlando, ni siquiera del gobierno, sino, como siempre, de la legitimidad de dicha revolución.

Quienes acusan al gobierno cubano de haber cometido una monstruosidad, lo que vienen a decirnos es que en la isla el Estado se comporta de una manera esencialmente diferente a como se comportan nuestros Estados. Sin embargo, el gobierno cubano no hizo otra cosa que lo que han hecho otros gobiernos cuando se enfrentan a situaciones similares: rechazo a lo que considera “un chantaje” y alimentación por vía parenteral para mantener la vida del reo.

Que el suicidio en prisión sea considerado la prueba definitiva de la crueldad de la “dictadura” cubana deja muy mal a las autoproclamadas “democracias” (y a sus aliados “en vías de democratización”) que dirigen o participan en guerras coloniales, masacran pueblos desde el aire, practican regularmente el secuestro, las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas o la tortura. Es fácil hacer una comparación de ejemplos donde encontramos claras acciones, no dudosas omisiones, de las que la prensa apenas si se hace eco. La lista de países es larga: desde Estados Unidos a Egipto, pasando por Israel, Marruecos, Iraq, Argelia, Honduras, Colombia o México, por citar unos pocos países “amigos”. La diferencia de trato es demasiado grosera y evidente.

Sí, es cierto que el gobierno cubano ha actuado de la misma manera que los gobiernos respetables. Mal consuelo. Esta respuesta es insuficiente y sólo desplaza el problema, sobre todo si en casa criticamos la ley, su aplicación y la misma naturaleza del régimen carcelario.

El adjetivo

Con los días hemos pasado de cuestionar la atención médica recibida por Orlando Zapata a discutir acerca de su condición como preso común, político o terrorista, como si esto afectara a la legitimidad de su protesta. Si un preso común o un terrorista protesta mediante una huelga de hambre, entonces el Estado debe mantenerse inflexible para evitar que se desvirtúe el efecto disuasorio de la pena privativa de libertad. Como se asume que hay un consenso acerca del trato que merece “un terrorista”, sólo queda determinar si uno lo es o no. Pero los presos políticos de unos suelen ser los terroristas de los otros, y la esencia del delito de terrorismo es su carácter eminentemente político. Es más, la expansión del concepto de “terrorismo” se ha producido al tiempo que se restringía el perímetro del concepto de “preso político”. Entre ambos existe, pues, una relación íntima.

Amnistía Internacional no habla de presos políticos y prefiere el empleo del más restrictivo “preso de conciencia”, que sería “toda persona encarcelada o sometida a otras restricciones físicas por sus convicciones políticas, religiosas o cualquier otro motivo de conciencia, así como por su origen étnico, sexo, color, idioma, origen nacional o social, situación económica, nacimiento, orientación sexual u otras circunstancias, siempre que esa persona no haya recurrido a la violencia ni propugnado su uso.” Si la referencia a la violencia es discutible (en esta perspectiva, Nelson Mandela no habría sido un preso de conciencia, por ejemplo), nada se dice sobre la “no condena” de la violencia, que en España es una excepción añadida que restringe aún más los márgenes del concepto. En la misma línea, qué “convicciones políticas” o “motivos de conciencia” resultan admisibles para calificar a un preso como político siempre será objeto de disputa. Una persona que es encarcelada por consumir o comerciar con drogas calificadas de ilícitas bien podría calificarse de “preso de conciencia”, pues en la cuestión del consumo y tráfico de drogas son las decisiones personales de consumo entre adultos responsables las que son objeto de represión, aunque formalmente se aluda a la ilicitud de la sustancia. Desde esta perspectiva, las prisiones de casi todos los países, incluyendo las de la misma Cuba, están repletas de presos de conciencia.

Aún más delicado es el caso de quien atenta conscientemente contra la propiedad no con el objetivo de lucrarse sino por razones políticas, ya se trate de la propiedad privada como de la pública. Aquí hay unanimidad en todos los ordenamientos, sean liberales o socialistas: cualquier ataque contra la propiedad entra en la órbita del “delito común” y no caben consideraciones políticas de ningún tipo. Al despolitizar el régimen de propiedad se previene su cuestionamiento.

Si queremos salir de estos terrenos pantanosos, cabe alegar que Orlando Zapata Tamayo no era ni un terrorista ni un preso político, sino un delincuente común. Por lo que he leído esta distinción se ha efectuado de una manera puramente formal. Efectivamente, Orlando Zapata no fue condenado en aplicación de una ley penal especial, la Ley 88 de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba (aprobada en respuesta a la estadounidense Ley Helms-Burton) como sí ocurrió con las 75 personas que fueron detenidas y condenadas en 2003, sin posibilidad de recurso efectivo, por supuesta financiación de sus actividades con fondos estadounidenses. A Zapata se le aplicó el Código Penal cubano, pero esto no contradice el hecho de que haya sido condenado por las convicciones políticas manifestadas en una protesta pública.

El preso

Doy por buena esta información de Amnistía Internacional (no por nada, sino porque no he encontrado otra fuente, ni gubernamental ni de otro tipo, que aporte información más precisa y rigurosa sobre el proceso y condena del preso fallecido):

"Orlando Zapata Tamayo, albañil y fontanero, había sido detenido en La Habana el 20 de marzo de 2003 cuando participaba en una huelga de hambre en la Fundación Jesús Yánez Pelletier para reclamar la liberación de Oscar Biscet y otros presos políticos.

Fue condenado a tres años de cárcel en 2003 por “desprecio a la figura de Fidel Castro”, “desorden público” y “resistencia”. En noviembre de 2005 le fueron impuestos otros 15 años de prisión por “desacato” y “resistencia” en el centro penitenciario. En mayo de 2006 fue enjuiciado de nuevo por los mismos cargos y condenado a una pena adicional de siete años."

Los tres años iniciales se explicarían por la reincidencia, al haber cometido con anterioridad otros delitos, si bien las últimas detenciones habían tenido que ver con reuniones políticas. Siempre según Amnistía Internacional, “en noviembre de 2002, tras participar en un taller sobre derechos humanos en el céntrico parque José Martí, de La Habana, él y otros ocho opositores del gobierno [habían sido], según informes, detenidos y posteriormente liberados. Volvió a ser detenido el 6 de diciembre de 2002 junto con Oscar Elías Biscet, y liberado el 8 de marzo de 2003."

Con estos datos en la mano, que en Egipto encierren blogueros o que el gobierno estadounidense cometa tropelías infinitamente peores son hechos que sirven para criticar, y con razón, a los medios de comunicación, pero que son secundarios a la hora de interpretar correctamente lo sucedido. Poco importan las manipulaciones de los opositores más carroñeros y los propagandistas al uso, como no es relevante el historial delictivo que haya podido tener Orlando.

Lo que sobrecoge, lo que debería ser motivo de reflexión entre quienes no cuestionamos el derecho de los cubanos a construir democráticamente su sistema político, es que una persona que participe en una protesta sea detenida y acabe enfrentándose a una reclusión de tres décadas por rebelarse en reiteradas ocasiones contra la disciplina policial y penitenciaria, con independencia de que haya sido instigado por otros o no. Y que no se entienda que pueda tomar una decisión tan extrema como la de la huelga de hambre, sin que necesidad de que haya una manipulación de por medio.

La alternativa

Boaventura de Sousa Santos describió en su día el «problema difícil» que representa Cuba para la izquierda.
"Todos los procesos revolucionarios modernos son procesos de ruptura que se basan en dos pilares: la resistencia y la alternativa. El equilibrio entre ellos es fundamental para eliminar lo viejo hasta donde sea necesario, y hacer florecer lo nuevo hasta donde sea posible.
Debido a las hostiles condiciones externas en que el proceso revolucionario cubano se desarrolló -el embargo ilegal por parte de los Estados Unidos, la forzada solución soviética en los años 70, y el drástico ajuste ocasionado por el fin de la URSS en los años 90-, ese equilibrio no fue posible. La resistencia terminó por superponerse a la alternativa. Y de tal modo, que la alternativa no se pudo expresar según su lógica propia (afirmación de lo nuevo) y, por el contrario, se sometió a la lógica de la resistencia (la negación de lo viejo). De este hecho resultó que la alternativa ha permanecido siempre como rehén de una norma que le era extraña. "
Frente a la vitalidad, a menudo contradictoria, de los procesos políticos que han venido desarrollándose en Venezuela o Bolivia, que no sufren un cerco equivalente y donde existen movimientos sociales relativamente autónomos, el sistema político cubano continúa preso de esta lógica de resistencia, pese a las transformaciones sociales que la revolución ha traído consigo. Esto explica el endurecimiento de la legislación penal desde mediados de los años 1990, coincidiendo con el deterioro de las condiciones materiales de vida de la población, con la apertura a los capitales extranjeros y con un renovado intervencionismo estadounidense mediante la aprobación de leyes de aplicación extraterritorial. Un endurecimiento penal que no se corresponde con un incremento de los delitos violentos, que se mantienen en un nivel bajo comparado con la situación en los países vecinos. Puede que, como afirma Raúl Zibechi, en Cuba no se haya producido el "sordo pero eficiente sabotaje cotidiano con que la población mostraba su rechazo al régimen" y que hundió el socialismo real en Europa. Pero desde los años ochenta sí se ha producido un aumento de las malversaciones, de las apropiaciones indebidas y otros ataques contra la propiedad estatal, y de delitos como el hurto, sacrificio y comercio de ganado mayor, delitos "comunes" que revelan un cierto éxodo de los circuitos económicos oficiales. Ignoro hasta qué punto es estadísticamente significativo.

En las circunstancias actuales, con un vecino del norte que no ha modificado un ápice su política, parece muy difícil que en Cuba se salga de esta lógica defensiva y "se abra a lo nuevo", aunque hoy cuenta con importantes aliados en América Latina. Cuando lo haga, bajo el empuje de los propios cubanos, habrá que repensar de arriba abajo el delito, las penas y las prisiones.
Fuente: http://www.javierortiz.net/voz/samuel

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