martes, 9 de marzo de 2010

La réplica


SERGIO SARMIENTO a.m.com.mx 8 Marzo 2010

Un fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación del pasado 3 de febrero, al cual se ha prestado poca o nula atención, busca convertir al IFE en un censor ya no sólo de los medios electrónicos sino también de los escritos.
Como parte de la reforma electoral de 2007, los legisladores introdujeron una modificación al artículo sexto de la Constitución, que garantiza la libertad de expresión, con la frase: “el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley”. El Congreso tenía obligación de reglamentar este “derecho de réplica” a más tardar el 30 de abril de 2008, pero no lo hizo.
Durante el proceso electoral de 2009 un candidato del PRD a diputado federal, Alberto Picasso Barroel, se inconformó con una nota de El Norte de Monterrey (aclaración de interés: yo colaboro para este periódico) que señalaba: “Falsifica título de doctor, PRD lo postula. Busca Alberto Picasso una diputación federal; lo expulsa la UANL (Universidad Autónoma de Nuevo León) desde 2004.”
Picasso exigió la publicación de un desmentido. El Norte publicó lo siguiente: “Asegura perredista ser doctor ‘legítimo’. Candidato a diputado federal asegura que la SEP le valida desempeño, pese a que la UANL lo expulsó en 2004.” En el cuerpo de la nota, el candidato afirmaba que la SEP lo había titulado “por experiencia laboral”, mientras que el periódico señaló pruebas de que la UANL, efectivamente, lo había expulsado en 2004 por ostentar un tìtulo apócrifo.
Picasso llevó la queja al IFE, que la desechó por no haber una reglamentación del derecho de réplica. Apeló al Tribunal, que quiso subsanar la falta de reglamento al determinar que el IFE debe ser responsable de “tutelar el derecho de réplica de los partidos políticos, precandidatos y candidatos” y que para esto “son aplicables las reglas del procedimiento especial sancionador” (tesis VII/2010).
Este “procedimiento especial sancionador” no es otra cosa que una censura aplicada “con prontitud, ya que si este derecho se ejerce en un plazo ordinario, posterior a la información que se pretende corregir, ya no tendría los mismos efectos”. Los juicios tendrán que ser sumarios, de apenas cinco días, sin dar oportuniad para una defensa adecuada.
El llamado derecho de réplica, lo que en otros países de habla española se conoce como derecho de rectificación o de respuesta, parece políticamente correcto. Un buen medio de comunicación debe llevar siempre las distintas posiciones en torno a una información. Pero debe ser el lector o el público, y no un censor externo, el que decida si el medio ha sido justo o no.
En Estados Unidos la “fairness doctrine”, equivalente al derecho de réplica, fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia en 1974 (Miami Herald … vs. Tornillo). Los ministros estadounidenses entendieron que el estatuto de 1913 que la creó constituía una violación a la libertad de expresión.
Los políticos, hay que señalar, no están indefensos: cuentan con dinero, influencia, poder y tiempos enormes en los medios electrónicos. Tienen además mayores posibilidades que cualquiera para acudir a los tribunales y demandar por daño moral a periodistas y medios.
Con este fallo, que sólo se aplica a políticos o partidos, el Tribunal está protegiendo a quienes no necesitan protección, dándole al IFE un mayor papel de censor. Y lo hace atacando una vez más la libertad de expresión.
¿SEPARACIÓN?
Nos dicen que el presidente Calderón no supo, sino hasta enero, de la firma en octubre de un acuerdo entre el PAN y el PRI para permitir la aprobación de su propuesta de aumento de impuestos. ¿Hay tanta separación entre Los Pinos y Nava? No lo sé. Por lo pronto el jueves, antes de dar a conocer el texto del acuerdo, el presidene del PAN comió en el restaurante Lipp de Polanco con Max Cortázar, coordinador de Comunicación Social de la Presidencia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario